14 Jul Los nuevos juzgados especializados en cláusula suelo: ¿Solución o problema?
Desde que en fecha 1 de junio entrara en vigor el acuerdo de 25 de mayo de 2017 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial por el que se atribuía la competencia exclusiva y no excluyente para conocer de los litigios relativos a condiciones generales incluidas en contratos hipotecarios a un juzgado por provincia, se ha desencadenado una alud de demandas presentadas en éstos. Se trata de crear los nuevos juzgados especializados en cláusula suelo.
Con ánimo de evitar el colapso en todos los juzgados de Primera Instancia, el acuerdo optó por atribuir el conocimiento de dichas controversias a un solo órgano en cada provincia, lo que parece va a suponer, por el contrario, un verdadero colapso en cada uno de estos juzgados especializados en cláusulas suelo, que conocen, además, otros asuntos como gastos de formalización de hipoteca, cláusulas de vencimiento anticipado o hipotecas multidivisa.
Casi 16.000 demandas en un mes en los juzgados especializados en cláusula suelo
Así las cosas, en su primer mes de vida se han registrado casi 16.000 demandas presentadas en estos juzgados especializados. El aumento puede estar motivado en parte por el fracaso de los acuerdos extrajudiciales con los bancos, que lejos de suponer una vía rápida y útil, en la mayoría de los casos solamente ha supuesto un retraso en la presentación de la demanda.
Recordemos que, por el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de Medidas Urgentes de Protección de Consumidores en Materia de Cláusulas Suelo, se estipuló un mecanismo extrajudicial para la solución de las controversias relativas a cláusulas suelo, contando las entidades bancarias con un plazo de 3 meses para dar una respuesta al cliente.
En febrero, pues, se iniciaron multitud de reclamaciones extrajudiciales con los bancos cuyos plazos para resolución, coincidiendo con el cumplimiento de los 3 meses, finalizaba entre finales de mayo y principios de junio. Esta es fácilmente una de las principales razones al aluvión de demandas presentadas en el pasado mes de junio, multitud que parece que va a ser parecida en el presente mes de julio.
Si el número de demandas sigue así, en pocos meses podríamos hablar ya de colapso en los juzgados especializados, que difícilmente serán capaces de dar respuesta a tantos litigios. En este sentido, la Abogacía Española ha optado por recurrir ante el Tribunal Supremo el acuerdo de 25 de mayo, por considerar que la solución dada es peor que la propia enfermedad, alegando, en primer lugar, contrariedad al derecho a juez predeterminado por ley reconocido en el 24.2 de la Constitución Española, además de recordar que muchos de los juzgados designados para el conocimiento de dichos litigios no tienen capacidad suficiente como para abordar la cantidad de asuntos que se están suscitando.
Ello provocará, aseguran, que los ciudadanos deban esperar largos períodos de tiempo para resolver los conflictos en este tema. Es decir, para evitar la sobrecarga de trabajo de los otros juzgados de primera instancia, todo parece apuntar a que se va a provocar un verdadero colapso en los juzgados designados para el conocimiento de las condiciones generales en contratos hipotecarios.
A mayor abundamiento, el nombramiento de un solo juzgado por provincia supondrá que los ciudadanos tengan que desplazarse hasta él, aun no siendo el partido judicial que por competencia territorial les correspondería. Es por ello que desde la Abogacía se solicita que se mantenga la competencia en los juzgados de cada uno de los partidos judiciales, aceptando en determinados casos que se especialicen y/o refuercen determinadas provincias en las que realmente sea necesario, con la debida dotación de medios y presupuesto para ello.
Es aun demasiado temprano para calificar la especialización de los juzgados de cláusula suelo como solución o problema, pero todo apunta a que nos encontraremos ante un verdadero colapso de estos juzgados, que difícilmente podrán dar respuesta al elevado numero de litigios que se están suscitando.
Tendremos que esperar, entonces, para ver si el número de asuntos planteados en relación a cláusulas insertas en contratos hipotecarios sigue in crescendo, o bien el aluvión se debe a la finalización de los plazos para resolución extrajudicial. Lo que sí parece ser claro es que, de seguir así, se deberán adoptar nuevas medidas para poder dar respuestas -y de manera satisfactoria- a este problema que afecta a gran parte de la sociedad española en relación a sus contratos hipotecarios.
Por Sandra Boada Escura, jurista en Kernel Legal.
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