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Regularización Extraordinaria
de Migrantes 2026

Abogados especialistas en extranjería

Desde Kernel Legal te invitamos a ponerte en contacto con nuestro equipo de abogados para prepararte para esta regularización extraordinaria y masiva: poner tu documentación en orden cuanto antes te ayudará a ganar tiempo y a garantizar el éxito de tu solicitud.

Uno de los anuncios más destacados de las últimas semanas ha sido la futura regularización extraordinaria de personas migrantes en España. La norma, ya en vigor, permite regularizar a las personas extranjeras que se encontraran en España antes del 1 de enero de 2026 y que acrediten haber permanecido al menos cinco meses de forma ininterrumpida en nuestro país en el momento de presentar la solicitud.

Se trata del primer hito dentro del Plan de Integración y Convivencia Intercultural, con el que España refuerza su modelo de política migratoria basada en los derechos humanos, la integración y la convivencia, compatible con el crecimiento económico y la cohesión social.

Repasamos los puntos clave de esta regularización extraordinaria, que tendrá un plazo de presentación muy breve, para que puedas prepararte y aprovechar esta ventana legal a tu favor.

¿Cuándo podrá iniciarse la solicitud?

Las solicitudes pueden presentarse desde el 16 de abril hasta el 30 de junio. Se trata, por tanto, de un periodo muy breve que debes aprovechar. 

El propio Gobierno recomienda a los interesados ponerse en manos de un abogado especializado en Extranjería para garantizar el éxito de la solicitud y evitar errores. 

Regularización extraordinaria de migrantes en España: ¿Cuáles son los requisitos?

La regularización extraordinaria de inmigrantes se dirige a dos colectivos distintos: personas solicitantes de protección internacional antes del 1 de enero de 2026, y personas no solicitantes de esta protección.

Para este último grupo, basta con cumplir uno de estos requisitos: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situación de vulnerabilidad.

En general, en ambos casos deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad y no ser titular de una autorización de estancia o residencia. Tampoco puedes figurar como persona interesada en este tipo de procedimiento (concesión, prórroga, renovación o modificación).
  • Es requisito encontrarse en España en el momento de la solicitud, así como demostrar que te encontrabas en España antes del 1 de enero de 2026.
  • Haber permanecido en España al menos 5 meses de forma ininterrumpida en el momento de presentar tu solicitud.
  • Es imprescindible carecer de antecedentes penales.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.

 

 

La medida se aplicará con carácter general, sin distinción de nacionalidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

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