Límites del abuso sexual en menores: nuestro último artículo en ‘Law&Trends’

Límites del abuso sexual en menores: nuestro último artículo en ‘Law&Trends’

Hoy compartimos con nuestros lectores y clientes un nuevo artículo de colaboración con la prestigiosa web jurídica ‘Law&Trends’. En esta ocasión, nuestra abogada Doreine Victoria Siale analiza una interesante sentencia en el área del Derecho Penal que nos ayuda a explorar los límites del delito de abuso sexual en menores y la necesidad de reformular el tipo penal para abarcar situaciones que, con la redacción actual, quedan impunes.

En concreto, la sentencia comentada, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, absuelve a un profesor que le daba palmadas en las nalgas a sus alumnas para conseguir un ambiente amistoso, de un delito por abusos sexuales continuado, y ello porque la Sala considera que no se ha declarado suficientemente probado el carácter sexual y libidinoso de los gestos que este profesor llevaba a cabo.

“Esta no es la primera sentencia en la que se plantean dudas respecto a esta cuestión y la misma se puede dimanar del hecho de que existe un claro vacío en lo que al tipo legal respecta, en tanto en cuanto no acaba de describir, ni mucho menos delimitar, cuáles son aquellas “conductas sexuales” que se excluyen del paradigma de la concurrencia de violencia e intimidación o de un claro elemento físico directo. Esto ya ocurría antes de la última reforma del Código Penal, y en la actualidad nos seguimos encontrando con el mismo inconveniente.”

“En este caso concreto, ¿el mero tocamiento de una zona próxima a la erógena, como es una nalga, no es de entidad suficiente para atentar contra la indemnidad sexual de estas menores? ¿No se consideraría acaso una intromisión en el área de la sexualidad susceptible de ser rechazada en el caso de no mediar consentimiento, desde el punto de vista de una persona adulta? Es nuestra opinión que pueden existir conductas obscenas con posibilidad de proyectarse fuera del alcance de las zonas erógenas y seguir constituyendo, en esencia, un acto típico, considerando, en este caso, que la zona del cuerpo de los menores elegida por el acusado no puede desvincularse de conductas de naturaleza sexual.”

Te invitamos a leer el resto del artículo en este enlace. y aprovechamos este espacio para agradecer al equipo de Law&Trends su interés en esta temática. 

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