20 May Primera sentencia que concede el reembolso de un viaje cancelado por la pandemia
Hoy comentamos una reciente sentencia que llega en un momento clave: en plena época de compras y reservas de viajes de cara al verano 2021, un juzgado de Castellón ha reconocido el derecho de una mujer a recuperar la totalidad de la cantidad abonada por un viaje combinado a Londres, previsto del 11 al 16 de junio de 2020, que se canceló debido al Covid-19. Se trata de la primera sentencia que concede el reembolso de un viaje cancelado por la pandemia. Se abre así una puerta que genera confianza en el consumidor, y que impulsa a las empresas de viajes a definir con claridad los términos de sus condiciones de contratación para evitar sorpresas.
Primera sentencia que concede el reembolso de un viaje cancelado por la pandemia
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Castellón, compartida por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), hace referencia al Real Decreto-ley 21/20, de 9 de junio, que regula expresamente la cancelación de viajes combinados como consecuencia del Covid y establece también el derecho al reembolso completo. Este decreto revocaba otro anterior, de marzo, que permitía que se pudiera entregar un bono, y está en consonancia con lo establecido por la regulación europea.
En este sentido, la sentencia concluye que “la normativa aplicable es que si el consumidor quiere su dinero, la agencia minorista tiene que reembolsarle su dinero y no puede imponerle la aceptación de un bono de viaje”.
La consumidora había exigido en marzo del año pasado el reembolso del dinero abonado, algo a lo que la agencia no accedió, ofreciendo “nuevas fechas para su realización o resolver el contrato con devolución parcial de las cantidades”. Tras instar una solicitud de arbitraje de consumo que no fue aceptada por la organizadora del viaje, el abogado y su clienta decidieron interponer demanda judicial.
El letrado del caso ha comentado que esta sentencia “abrirá paso a la posibilidad de que se pueda solicitar el reintegro de aquellas cantidades que se hayan pagado por un viaje que no se haya podido llevar a cabo desde el 14 de marzo”, lo que sin duda supone una buena noticia para miles de consumidores. En conclusión, el Tribunal condena a la agencia a devolver los 479 euros pagados por el viaje más los intereses legales “desde la interposición de la demanda hasta la fecha de la sentencia más las costas del juicio, pero no a una indemnización adicional”.
Ante esta situación, se prevé una avalancha de demandas por parte de clientes que no han podido realizar sus viajes debido a la pandemia. Si es tu caso, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados en Barcelona: contamos con una dilatada experiencia en reclamaciones relacionadas con consumo.