08 Sep La sustracción de menores: ¿Qué es y cómo se castiga?
Estas últimas semanas hemos oído mucho hablar de la sustracción de menores a raíz de un procedimiento que ha aparecido en los medios de comunicación. En esta entrada vamos a explicar en qué consiste el delito de sustracción de menores, las conductas que pueden dar pie a este delito y las medidas de prevención que pueden adoptarse.
¿Qué debemos entender por sustracción de menores?
El artículo 255 bis del Código Penal recoge que se considerará sustracción:
– El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.
– La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.
– Cuando el menor sea trasladado fuera de España o fuese exigida alguna condición para su restitución la pena señalada en el apartado 1 se impondrá en su mitad superior.
– Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiese sido superior a dicho plazo de veinticuatro horas, quedará exento de pena.
De manera que se considerará sustracción de menores el traslado de un menor, sin causa justificada, de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente. Sería el caso en que el padre o la madre que tiene asignado un régimen de visitas, aprovecha la entrega del menor para ejercer ese régimen de visitas para llevárselo y que resida con él.
Debemos tener en cuenta que el Código Penal no solo contempla la sustracción del menor por parte de uno de los progenitores sin le consentimiento del otro, sino que también castiga la inducción hacia el menor, por parte de un progenitor, a infringir el régimen de custodia; es decir, cuando se induce a un menor a que abandone el domicilio donde reside con el padre o la madre custodio.
¿Con qué pena puede castigarse la sustracción de menores?
La pena con la que se castiga este tipo de delito es la de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
¿Qué medidas civiles existen para evitar la sustracción de menores?
Una vez se haya admitido la demanda de separación o divorcio, y en el caso que exista riesgo de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas, el juez podrá adoptar como prevención algunas de las siguientes medidas provisionales:
- Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización judicial previa.
- Prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido.
- Sometimiento a autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.
¿Qué procedimiento debe seguirse para la restitución de los menores sustraídos?
El procedimiento se iniciará mediante demanda en la que se instará la restitución del menor o su retorno al lugar de procedencia. A continuación, el secretario judicial resolverá sobre la admisión de la demanda en el plazo de 24 horas, y en el caso en que ésta sea admitida, se requerirá a la persona quien se impute la sustracción ilícita del menor para que comparezca con el menor (no excediendo de los tres días siguientes) manifestando y alegando lo que convenga.
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Por Mariona Arpi, abogada de Kernel Legal.