31 Jan Cooperativas de facturación: ¿Son legales?
Las cooperativas de facturación se han convertido en noticia en los últimos días, aunque la polémica que envuelven se ha hecho notar desde su aparición. ¿En qué consisten y cómo funcionan? ¿Son legales o no? La realidad es que, de un tiempo a esta parte, su uso se ha convertido en una opción muy atractiva para miles de potenciales autónomos que, como ocurre en muchos casos, facturan cantidades pequeñas como trabajadores por cuenta propia. La posibilidad de evitar con ellas hacer frente a grandes sumas en forma de cuotas a la Seguridad Social es una razón de peso para sumarse a esta vía, aunque lo cierto es que su ajuste a la legalidad no ha estado demasiado claro desde el principio. Ahora, el Gobierno parece decidido a ponerles coto.
No se tata del primer caso de control de estas cooperativas: en verano del pasado 2017 ya se llevó a cabo una investigación que tocó de cerca a muchos de los miembros de la cooperativa Factoo. Ahora, el Ministerio de Empleo asegura que se ha dado de baja del Régimen General de la Seguridad Social a unos 6.000 trabajadores por realizar un trabajo autónomo, obligando a cerca de 3.000 de ellos, asociados a cooperativas de facturación, a darse de alta en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA).
El precedente de la inspección a la cooperativa de facturación Factoo
En agosto del pasado 2017 se habló mucho de las investigaciones procedentes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra antiguos ‘socios trabajadores’ de Factoo, una de las cooperativas de trabajo asociado más conocidas del país. La Inspección consideró en aquel caso que sus miembros eran en realidad trabajadores autónomos que no cotizaron como tales porque interpusieron “en la relación con sus clientes, a efectos de facturación”, a Factoo. Así, la cooperativa sería de cara a la Seguridad Social, una “empresa instrumental, cuya actividad ilícita -desde la vertiente de la relación jurídica de Seguridad Social- se concreta en la simulación de relaciones de trabajo dependiente (bajo la forma de socios-trabajadores) con la finalidad de tramitar periodos de alta en el Régimen General de la Seguridad Social de trabajadores que, en realidad, son trabajadores por cuenta propia, posibilitando así el incumplimiento por parte de estos ‘socios trabajadores’ de las obligaciones de alta y cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)”.
¿Qué es una cooperativa de facturación?
Cuando los profesionales por cuenta propia realizan un trabajo y se ponen en contacto con una cooperativa de facturación, esta última es quien emite la factura por ese trabajo. Para ello, la cooperativa solicita al trabajador que firme un contrato de adhesión o documento de asociación -con el que, según la Inspección de la Seguridad Social, “se materializa la simulación de la incorporación del profesional como ‘socio trabajador’”- y que pague una cuota de ingreso.
Posteriormente, la cooperativa da de alta en el Régimen General de la Seguridad Social durante unos días al trabajador, emite la factura al cliente y, más tarde, una liquidación al profesional en la que se les descuenta el pago del gasto de Seguridad Social y otras cantidades por su tramitación. De esta forma, según la Inspección, los trabajadores -que “tienen la necesidad de emitir factura a sus clientes y cumplir las obligaciones fiscales”- persiguen no hacer frente a estas últimas. Y aquí entran en juego las ‘falsas cooperativas’ que serían “el instrumento puesto al servicio de este incumplimiento”.
Empleo pone coto a la facturación a través de cooperativas
Así las cosas, el Gobierno ha decidido seguir la misma línea. Hace pocos días, la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, aseguró en el Congreso de que su departamento ha dado de baja del Régimen General de la Seguridad Social a unos 6.000 trabajadores por realizar un trabajo autónomo, obligando a cerca de 3.000 de ellos, asociados a cooperativas de facturación, a darse de alta en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA).
El motivo se encuentra en que la Comisión Europea recomendó el pasado mes de junio intensificar las campañas de inspección en el marco de la economía colaborativa. En este sentido, Báñez puso en el mismo nivel de responsabilidad tanto a las empresas de economía colaborativa que emplean a sus trabajadores como ‘falsos autónomos’ como a las cooperativas de facturación en las que se integran ‘falsos autónomos’ con el fin de darse del alta en el Régimen General. El Ejecutivo carga así contra “plataformas que menoscaban los derechos de los trabajadores” por afiliar a “verdaderos autónomos no dados de alta en el RETA”. “En ocasiones, a través de las cooperativas de facturación se podían encubrir actividad de verdaderos trabajadores autónomos que evitaban el alta en el RETA”, según Báñez.
Todo apunta a que el Ejecutivo seguirá en esta línea de actuación contra las fórmulas que consideran fraude a la Seguridad Social, una vía a la que también han acudido profesionales del Derecho. Lo cierto es que su legalidad ha estado en entredicho desde el principio y se esperaban acciones en este sentido. Las consecuencias de optar por esta fórmula de facturación pueden ser cuantiosas: el pago de las cuotas de autónomo dejadas de ingresar por la Seguridad Social con un recargo del 20%.
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